La mayoría de estos
impuestos están enfocados en las importaciones. Esto se debe a que los
gobiernos buscan incentivar las exportaciones y, con ello, eximir a las
empresas que buscan nuevos mercados internacionales del pago de estos
aranceles.
Por otro lado, las
importaciones siempre tienen un poco más de riesgos para las economías,
productores y consumidores locales. A través de los aranceles de importación se
busca proteger a los productos locales de cualquier tipo de mercancía
extranjera que amenace generar un monopolio o devaluar la mercancía nacional.
ARANCELES
Son cuotas que impone
el gobierno de un país sobre los bienes o servicios intercambiados entre países.
Es otra forma de llamarle a los impuestos a las exportaciones o importaciones.
El objetivo principal
de estos es el de regular el impacto del comercio exterior. Es decir, promover
la exportación y prever que los productos importados no afecten la economía
local. Por ello, los aranceles aplicados a las importaciones son más comunes
que los otros, esto se debe a que, para promover las exportaciones, se exime
del pago de aranceles en la mayoría de los casos.
Uno de los
principales impuestos a las importaciones es el Impuesto General de Importación
(IGI) que se menciona en la Ley de los Impuestos Generales de Importación
y Exportación (LIGIE)
IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACIÓN
Es un impuesto que se debe pagar al momento de
liberar mercancías en la aduana. Este impuesto. La tarifa tiene que ser con
base en las leyes y tratados internacionales en los que participa México,
específicamente se basa en el código arancelario.
Este impuesto puede ser de la siguiente manera:
- Arancel Ad
Valorem. Es un porcentaje fijo
sobre el valor de aduana del producto. Se define con base a un porcentaje
del precio que tenga la mercancía, lo cual incluye costos, seguros y
transporte.
- Arancel
específico. Es una tarifa fija monetaria
(expresa en la monedas local o extranjera según sea fijada por las
autoridades) por cada unidad física importada o exportada.
- Arancel
mixto. Se refiere a una mezcla de los
criterios anteriores, tomando en cuenta una tarifa fija y una cuota basada
en el porcentaje.
La fórmula para calcular el Impuesto General de
Importación es
BASE GRAVABLE DEL IMPUESTO DE IMPORTACIÓN Y EL MOMENTO DE
CAUSACIÓN
La base gravable del impuesto general de importación, se
calculará de conformidad con los artículos 64 al 78-C de la Ley Aduanera.
La base gravable del impuesto general de
importación es el valor en aduana de las mercancías, salvo los casos en que la
ley de la materia establezca otra base gravable.
El valor en aduana de las mercancías será el
valor de transacción de las mismas, salvo lo dispuesto en el artículo 71 de la
Ley Aduanera.
El valor de transacción de las mercancías a
importar, es el precio pagado por las mismas, siempre que concurran todas las
circunstancias a que se refiere el artículo 67 de la Ley Aduanera, y que éstas
se vendan para ser exportadas a territorio nacional por compra efectuada por el
importador, precio que se ajustará, en su caso, en los términos de lo dispuesto
en el artículo 65 de la Ley Aduanera.
El precio pagado es el pago total que por las
mercancías importadas haya efectuado o vaya a efectuar el importador de manera
directa o indirecta al vendedor o en beneficio de éste.
El valor de transacción de las mercancías
importadas comprenderá, además del precio pagado, el importe de los siguientes
cargos:
I. Los elementos que a continuación se mencionan, en la
medida en que corran a cargo del importador y no estén incluidos en el precio
pagado por las mercancías:
1. Las comisiones y los gastos de corretaje,
salvo las comisiones de compra.
2. El costo de los envases o embalajes que,
para efectos aduaneros, se considere que forman un todo con las mercancías de
que se trate.
3. Los gastos de embalaje, tanto por concepto
de mano de obra como de materiales.
4. Los gastos de transporte, seguros y gastos conexos tales como manejo, carga y descarga en que se incurra con motivo del transporte de las mercancías hasta que se den los supuestos a que se refiere la fracción I del artículo 56 de la Ley Aduanera.
II. El valor, debidamente repartido, de los siguientes bienes y servicios, siempre que el importador, de manera directa o indirecta, los haya suministrado gratuitamente o a precios reducidos, para su utilización en la producción y venta para la exportación de las mercancías importadas y en la medida en que dicho valor no esté incluido en el precio pagado:
1. Los materiales, piezas y elementos, partes
y artículos análogos incorporados a las mercancías importadas.
2. Las herramientas, matrices, moldes y
elementos análogos utilizados para la producción de las mercancías importadas.
3. Los materiales consumidos en la producción
de las mercancías importadas.
4. Los trabajos de ingeniería, creación y perfeccionamiento, trabajos artísticos, diseños, planos y croquis realizados fuera del territorio nacional que sean necesarios para la producción de las mercancías importadas.
III. Las regalías y derechos de licencia relacionados con
las mercancías objeto de valoración que el importador tenga que pagar directa o
indirectamente como condición de venta de dichas mercancías, en la medida en
que dichas regalías y derechos no estén incluidos en el precio pagado.
IV. El valor de cualquier parte del producto de la
enajenación posterior, cesión o utilización ulterior de las mercancías
importadas que se reviertan directa o indirectamente al vendedor.
Para la determinación del valor de transacción de las
mercancías, el precio pagado únicamente se incrementará de conformidad con lo
establecido en los numerales I a IV antes mencionados, sobre la base de datos
objetivos y cuantificables.
Fundamento legal: Artículos 56 y del 64 al 78-C de la Ley
Aduanera.
OTROS IMPUESTOS QUE SE DEBEN CONSIDERAR AL IMPORTAR
- Impuesto
al Valor Agregado (IVA). Actualmente
representa el 16% del precio de un producto.
- Impuesto
Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).
De acuerdo con la ley vigente, existe una serie de productos de
importación que están sujetos al impuesto, entre ellos bebidas con
contenido alcohólico y cerveza, combustibles y alimentos no básicos.
- Impuesto
Sobre Automóviles Nuevos (ISAN). Este impuesto
fue determinado por la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y
define una tasa con base en su precio.
- Derecho
de Trámite Aduanero (DTA). La
contribución se paga a la autoridades utilizando un pedimento o el
documento aduanero correspondiente en el marco de la Ley Aduanera.
- Derecho
de Almacenaje. Se refiere a las cuotas diarias
por el almacenaje de mercancías en depósito ante la aduana en recintos
fiscales, después de vencidos plazos determinados.
Cómo nos benefician los aranceles en la vida cotidiana?
ResponderBorrarRealmente lo único que te benefiaciaria es el saber cuál es la tasa/cuota a pagar en base a tu bien que de importarán o exportaran, con ayuda de tu fracción arancelaria y NICO
Borrar¿A que se refiere un precio de corretaje?
ResponderBorrarEl gasto de corretaje se refiere a una retribución pagada a un tercero por los servicios prestados como intermediario en la operación de compra-venta de las mercancías.
Borrar¿Pueden existir 2 o más fracciones arancelarias aplicables a una misma mercancía?.
ResponderBorrarNo, aunque en un principio pudieran haber dos o más partidas, o dos o más fracciones, que pudieran incluir a una determinada mercadería, siempre se debe alcanzar aquella que mejor describe al producto de que se trate, dicho de otra forma, aquella que más se le acerque, que la describa de manera más precisa. En cada Nota con que se deba fundamentar la fracción, en cada Regla General o en cada Regla Complementaria, siempre se encontrará el camino para llegar a una fracción arancelaria en particular.
Borrar¿Cuando se creo el ISAN ?
ResponderBorrarEn 1996, lo encuentras en la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos
BorrarCómo nos benefician los impuestos generales de importación en la vida cotidiana?
ResponderBorrar¿Cómo es que se considera que un bien es originario de una de las Partes del Tratado de Libre Comercio de Amé-rica del Norte, para gozar de una preferencia arancelaria y por qué?
ResponderBorrarSe considera que un bien es originario cuando el bien sea producido en el territorio de una o más de las partes por uno o más productores, siempre que el bien cumpla los requisitos establecidos en el Artículo 3.2 (Bienes Originarios).
BorrarPor otro lado, el Certificado de Origen del TLCAN es un documento desarrollado por los socios del TLCAN y requerido en el marco
del Tratado para certificar que un bien que se exporta del territorio de una Parte al territorio de otra Parte, califica
como originario.
Para obtener trato arancelario preferencial, este documento debe ser completado en su totalidad y
de manera legible por el exportador o el productor, y debe estar en posesión del importador al momento de hacer la
declaración en aduana.
¿Cuál es la tasa que se aplica al DTA?
ResponderBorrarDel .8%, obtenido del artículo 49 de la Ley Federal de Derechos
Borrar¿Cuál es la base Gravable del impuesto general de importación?
ResponderBorrarEl valor aduana, el cual se calcula de la suma del valor factura más incrementables en caso de que los haya.
BorrarAdemás de realizar el tipo de cambio a pesos mexicanos para aplicar la tasa del IGI.
Cuánto tiempo máximo deben tener los carros para considerar el ISAN..?
ResponderBorrar¿Cuáles son los porcentajes para determinar el derecho de almacenaje?
ResponderBorrar¿A que se refiere el artículo 67 de la Ley Aduanera?
ResponderBorrarLa tasa de porcentaje del Arancel Ad Valorem, es la misma para todos los productos ?
ResponderBorrarJose Manuel Feliciano Martínez
No, las tasas varían de acuerdo a cada producto. (Por el país)
Borrar¿En que articulo nos habla de los porcentajes aplicados en distintos tipos aranceles ?
ResponderBorrar¿A qué se refiere el impuesto de derecho de almacenaje?
ResponderBorrarTiene fundamento en los Artículos 1, 41 y 42 de la Ley Federal de Derechos, se aplican cuotas diarias por el almacenaje de mercancías en depósito ante la aduana en recintos fiscales, después de vencidos ciertos plazos.
Borrar¿Cuáles son las cuotas más representativas de los aranceles?
ResponderBorrarEl "Ad valorem", ya que este es el que utiliza la mayor parte de los contribuyentes.
Borrar¿A que se refieren las regalías y derechos de licencia relacionados con las mercancías? Sandra jaqueline Cruz
ResponderBorrarLas regalías y derechos de licencia (royalties and license fees) relacionados con las mercancías objeto de valoración que el importador tenga que pagar directa o indirectamente como condición de venta de dichas mercancías, en la medida en que dichas regalías y derechos no estén incluidos en el precio pagado.
Borrar¿Cuál es el valor de transacción de las mercancías a importar?
ResponderBorrarEl valor de transacción de las mercancías a importar, es el precio pagado por las mismas, siempre que concurran todas las circunstancias a que se refiere el artículo 67 de la Ley Aduanera, y que éstas se vendan para ser exportadas a territorio nacional por compra efectuada por el importador, precio que se ajustará
BorrarQue es una utilización ulterior de las mercancías importadas
ResponderBorrar¿Qué son los gastos conexos? y me podrías dar un ejemplo.
ResponderBorrarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
BorrarGastos de transporte, seguros y gastos conexos tales como manejo, carga y descarga que surjan a causa del transporte de las mercancías. Contribuciones y cuotas compensatorias aplicables en territorio nacional, como consecuencia de la importación o enajenación de las mercancías importadas.
BorrarEjemplo: Los gastos de transporte de las mercancías importadas desde la fábrica hasta el puerto o lugar de importación.
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderBorrarAdemás de la Ley Aduanera ¿Hay alguna (o algunas) otra ley o reglamento del que podamos apoyarnos para conocer las tasas arancelarias?
ResponderBorrar